Qué es el modelo 721 de criptomonedas

¿Qué es el modelo 721 de criptomonedas?

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En julio de 2021 se publicó la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal, que recoge expresamente la obligación de suministrar información sobre criptomonedas que se tengan en el extranjero, mediante la presentación del modelo 720, siempre que superen el límite de 50.000 euros. En consecuencia, se incorpora un nuevo bloque de información en el citado modelo, en que explica como informar sobre los criptomonedas en el caso que estén los titulares en extranjero, o los diferentes beneficiarios o autorizados o de otra manera que los tengan en su disposición, custodia o cualquier tipo de entidad que salvaguarde las claves privadas.

Tras la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que reconoce las sanciones del modelo 720 como “desproporcionadas”, Hacienda ha tenido que elaborar un nuevo mecanismo para que se declaren las criptomonedas y que las posibles multas por incumplimiento no queden en el aire, por lo que el actual y Modelo 720, qué no contemplaba cómo declarar los criptoactivos, deriva ahora en el modelo 721.

Modelo 721 en 2022 💀💀💀 AL RINCHY

¿Cuándo se debe aplicar el modelo 721?

Hacienda intentaba concluir el modelo 721 de información sobre criptomonedas para que se presentará durante el 2022, pero anunció que lo retrasa a 2023. El 2022 estará se deberá informar a través del modelo 721, ya que en 2023 habrá que informar sobre 2022.

Un aviso de la Agencia Tributaria ha explicado que en el modelo 720 no se informa sobre los criptoactivos y que la declaración informativa sobre monedas virtuales situadas en el extranjero que prepara no es exigible informar sobre el ejercicio 2021.

Hacienda ha aclarado que el modelo 720 de 2021 no debe informar sobre criptomonedas, una de las grandes dudas que tenían los contribuyentes. La Ley de Lucha contra el Fraude crea la obligación de informar sobre criptomonedas en el extranjero, lo que está pendiente de desarrollo.

Hacienda está desarrollando 3 modelos de declaración sobre criptomonedas, uno de ellos, de criptomonedas en el extranjero, el 721, similar al 720 que ha anulado el Tribunal de Justicia de la UE y que ha tenido que reformar y ya está de nuevo en vigor.

Con la obligación vigente pero sin desarrollo, le ha quedado a los contribuyentes de qué había que hacer ahora mismo si Hacienda no tiene preparado el nuevo modelo 721, ya que cabe la posibilidad de que hubiera que declarar criptomonedas en el modelo 720. Finalmente, no habrá que declararlas pero sí conservar la información.

El futuro del modelo 720 y modelo 721

Los 3 modelos de declaración sobre criptomonedas se aprobarán mediante una Orden Ministerial una vez que el Reglamento esté vigente a través del Real Decreto, tras pasar por la audiencia pública. Y esto se hará cuando no existe todavía una Directo, sólo existe un proyecto de Reglamento europeo (MICA), y una obsoleta definición de las criptomonedas en la Directiva antibloqueo.

Se paga a Hacienda por las plusvalías o minusvalías por compraventa de criptomonedas y los rendimientos de capital que se generan en plataformas tributan como rentas del ahorro. 

Los diferentes tipos impositivos que se aplican de la siguiente manera:

  • 19% hasta 6000 euros
  • 21% entre 6000,01 euros y 50.000 euros
  • 23% de 50.000,01 euros a 200.000 euros
  • 26% para las cantidades que superan los 200.000 euros

Los beneficios que se han conseguido se tienen que incorporar en la casilla 389 de la declaración de la renta en el apartado de las ganancias patrimoniales de la base imponible del ahorro.

Desde Hacienda han indicado que las nuevas obligaciones de información de criptomonedas se instrumentará a través de los siguientes tres modelos tributarios

  • Modelo 721: se utiliza para aquellos que poseen criptoactivos (con un valor mínimo de 50.000€). 
  • Modelo 172 y Modelo 173: se utiliza para aquellos proveedores de servicios de criptoactivos con residencia fiscal en España. El modelo 172 se utiliza para empresa e individuo en su declaración de criptoactivos, propios y de sus clientes, en cambio, el modelo 173 se utiliza cuando se crea la obligación de que las empresas informen sobre las operaciones que están realizando, tanto en territorio español como fuera de España.

La Agencia Tributaria no considera que la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea afecta a la estrategia de las criptomonedas, ya que en un futuro la información que hay que proporcionar se acabará incluyendo dentro de los impresos de las diferentes declaraciones.

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